Inscripción del programa rotativo de Bonos Verdes del emisor panameño CIFI

Fecha de colocación: 27 de Noviembre del 2019 - 08:30 am
Institución: Corporación Interamericana para el Financiamiento de Infraestructura

A partir del 27 de noviembre de 2019, se podrá negociar en mercado secundario la emisión del programa rotativo de Bonos Verdes Corporativos del emisor panameño Corporación Financiera para el Financiamiento de Infraestructura S.A. (CIFI), denominada BVCCIFI, por un monto de US$200,000,000.00. Esto de acuerdo con el número de asiento registral EM-0013-2019.

Características

Denominación del emisor:

Corporación Interamericana para el Financiamiento de Infraestructura, S.A. (CIFI).

Clase de valor:

Bonos Verdes Corporativos.

Denominación de la emisión:

BVCCIFI.

Tipo de emisión:

Programa Rotativo de Bonos Verdes Corporativos.

Tipo de Valor:

Valores extranjeros.

Moneda:

Dólares de los Estados Unidos de América.

Monto total de la emisión:

Los Bonos se emitirán bajo un programa rotativo en el cual el saldo insoluto a capital de los Bonos emitidos y en circulación, en un solo momento, no podrá exceder de Doscientos Millones de Dólares de los Estados Unidos de América US$ 200,000,000.00).

Monto colocado:

Existen dos series en circulación de la Emisión de Bonos Verdes de CIFI: Serie A: US$15 Millones de Dólares de los Estados Unidos de América con vencimiento el 30/09/2022; Serie B: US$12 Millones de Dólares de los Estados Unidos de América con vencimiento el 30/09/2024.

Mínimos y múltiplos de contratación:

Los Bonos serán emitidos en títulos nominativos, registrados y en denominaciones de mil dólares de los Estados Unidos de América (US$1,000.00), y sus múltiplos.

Programa Rotativo:

El programa rotativo de Bonos Verdes ofrece al Emisor la oportunidad de emitir nuevos Bonos en series en la medida que exista disponibilidad bajo los términos del programa. En ningún momento el saldo insoluto a capital de los Bonos Verdes emitidos y en circulación podrá ser superior al monto autorizado total del programa rotativo de Bonos Verdes de US$200,000,000.00. En la medida en que se vayan venciendo o redimiendo los Bonos Verdes emitidos y en circulación, el Emisor dispondrá del monto vencido o redimido para emitir nuevas series de Bonos Verdes por un valor nominal equivalente hasta el monto vencido o redimido. El programa estará disponible por un término máximo de diez (10) años o menos según el Emisor lo crea conveniente, siempre y cuando cumpla con todos los requerimientos de la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá. El término rotativo de este programa no significa la rotación o renovación de valores ya emitidos. Estos deberán ser cancelados en sus respectivas Fechas de Vencimiento o previo según las condiciones de redención anticipada detalladas en sus respectivos valores. La emisión rotativa de 8onos según se describe, será siempre una alternativa para los inversionistas, pero no constituirá una obligación de retener el Bono más allá de su vencimiento original.

Valor nominal:

US$ 1,000.00

Listado, inscrito o registrado en Panamá:

Se encuentra registrado en Superintendencia del Mercado de Valores: Resolución No. SMV No. 337-19 del 20 de agosto de 2019 y en la Bolsa de Valores de Panamá, S.A.

Series:

A la fecha, se ha colocado la serie A por US$ 15,000,000.00 y la serie B por US$ 12,000,000.00. Las condiciones de las siguientes series Verdes serán comunicadas por medio de Hecho Relevante, en el momento en que sean emitidas. (ver anexos a esta circular)

Tasa de interés:

Los Bonos Verdes de cada serie devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión y hasta su Fecha de Vencimiento o Redención Anticipada. La tasa de interés será fijada por el Emisor antes de la Fecha de Oferta Respectiva y la misma podrá ser fija o variable. En caso de ser una tasa fija, los Bonos Verdes devengarán una tasa fija de interés anual que será determinada por el Emisor según sus necesidades y la demanda del mercado mediante un suplemento al Prospecto Informativo con no menos de tres (3) Días Hábiles antes de la Fecha de Oferta Respectiva. La tasa variable también será determinada por el Emisor según sus necesidades y la demanda del mercado mediante un suplemento al Prospecto Informativo con no menos de tres (3) Días Hábiles antes de la Fecha de Oferta Respectiva y será la que resulte de sumar un margen, a ser establecido exclusivamente por el Emisor, a aquella tasa Libor (London Interbank Rate) que bancos de primera línea requieran entre sí para depósitos en Dólares, a tres (3) meses plazo, en el mercado interbancario de Londres (London Interbank Market). En caso de que la tasa de interés de Bonos Verdes de una Serie sea variable, la tasa variable de interés de los Bonos Verdes de dicha serie se revisará y fijará tres (3) Días Hábiles antes del inicio de cada Periodo de Interés por empezar. Adicionalmente, el Emisor notificará a Latin Clear las tasas de intereses aplicables. Los Bonos Verdes devengarán una tasa fija o variable de interés anual, que será determinada por el Emisor según sus necesidades y la demanda del mercado mediante un suplemento al Prospecto Informativo.

Base de cálculo:

Días calendario / 360.

Tipo de tasa:

Los Bonos devengarán una tasa fija o variable de interés anual.

Período de reajuste:

 

Será determinado como Hecho Relevante en la emisión de cada una de las Series.

Tasa Base:

En caso de ser una tasa fija, los Bonos Verdes devengarán una tasa fija de interés anual que será determinada por el Emisor según sus necesidades y la demanda del mercado mediante un suplemento al Prospecto Informativo. La tasa variable también será determinada por el Emisor según sus necesidades y la demanda del mercado mediante un suplemento al Prospecto Informativo y será la que resulte de sumar un margen, a ser establecido exclusivamente por el Emisor, a aquella tasa LIBOR (London Interbank Rate), que bancos de primera línea requieran entre sí para depósitos en Dólares a tres (3) meses plazo, en el mercado interbancario de Londres (London Interbank Market). Adicionalmente, el emisor notificará a Latin Clear las tasas de interés aplicables.

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Plazos:

Los Bonos Verdes tendrán plazos de pago de hasta diez (10) años contados a partir de la fecha de Emisión de cada serie.

Clasificación de riesgo:

De acuerdo con Informe de Clasificación de Riesgo de fecha 31 de mayo de 2019, la clasificación de riesgo para sus emisiones son: Calificación a Largo Plazo AA- (pa): Emisiones con alta calidad crediticia. Los factores de protección son fuertes. El Riesgo es modesto, pudiendo variar en forma ocasional por las condiciones económicas.

Redención anticipada y compra:

Para cada una de las Series, el emisor podrá establecer si los Bonos Verdes de la Serie correspondiente podrán ser objeto de redención anticipada o no, dicha redención será sin costo o penalidad. En caso de que el Emisor determine que los Bonos Verdes de una Serie pueden ser objeto de redención anticipada, el Emisor podrá realizar redenciones anticipadas, parciales o totales, a opción del emisor, según se establezca en el suplemento al Prospecto Informativo de la serie respectiva. La Existencia del Derecho de Redención anticipada para una serie de Bonos Verdes será notificada por el Emisor a la Superintendencia del Mercado de Valores y a la Bolsa de Valores de Panamá, S.A., mediante un suplemento al Prospecto Informativo, con al menos tres (3) días hábiles antes de la fecha de oferta respectiva. La fecha en la cual el emisor realice una redención, parcial o totalmente de los Bonos Verdes de una Serie deberá ser un Día de Pago de Interés.

Redención opcional:

Los Bonos no podrán ser redimidos anticipadamente por el inversionista.

Destino de los fondos:

Los fondos netos de la venta de los Bonos Verdes, que luego de descontar tos gastos de la Emisión equivalen a US$198,517,752.50 serán utilizados para el financiamiento de la cartera crediticia según su marco de bonos verdes, financiando proyectos de infraestructura en América Latina y el Caribe con un impacto ambiental positivo. En caso tal que más del veinticinco por ciento (25%) de los fondos netos de la venta de los Bonos Verdes se vayan a destinar para amortizar deuda existente del Emisor, el Emisor comunicará, mediante suplemento al Prospecto Informativo a la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá y a la Bolsa de Valores de Panamá, señalando el tipo de obligaciones al cual corresponde la deuda existente y el monto de cada una de ellas, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, sección VI.E., numerales 4 y 5 del Acuerdo No. 3-2017 del 5 de abril de 2017. La presente Emisión no será utilizada para el pago de dividendos de los accionistas o beneficiarios finales del Emisor. Corresponderá a la administración del Emisor decidir sobre el uso de los fondos a través de la vigencia del programa rotativo, en atención a las condiciones de negocios y necesidades financieras de la empresa, así como también en consideración a los cambios que pudieran darse en relación con las condiciones financieras de los mercados de capitales.

Emisiones futuras:

A opción del Emisor, los Bonos podrán ser emitidos en una o más series, con plazos de pago de capital de hasta diez (10) años contados a partir de la respectiva Fecha de Emisión de cada serie.

Respaldo:

El emisor podrá cuando lo estime conveniente, garantizar las obligaciones derivadas de una o más series de los Bonos a ser ofrecidos, mediante la constitución de un Fideicomiso de Garantía. El Emisor comunicará mediante suplemento al Prospecto Informativo a la SMV y a la BVP con no menos de tres (3) días hábiles antes de la Fecha de Oferta de la respectiva Serie si la misma estará garantizada con Fideicomiso de Garantía o no, junto con los datos de constitución del mismo.

Garantía:

El Emisor podrá cuando lo estime conveniente, garantizar las obligaciones derivadas de una o más series de los Bonos Verdes a ser ofrecidos, mediante la constitución de un Fideicomiso de Garantía cuyos bienes fiduciarios estarían constituidos, principalmente, por sus cuentas por cobrar, originadas por los créditos que otorgue en el ejercicio de su actividad y cuyo saldo insoluto a capital represente un valor no menor a ciento veinticinco por ciento (125%) del saldo insoluto a capital de los Bonos Verdes emitidos y en circulación que estén garantizados mediante Fideicomiso de Garantía (la "Cobertura"). El Emisor cuenta con un período máximo de sesenta (60) días calendario siguiente a la Fecha de Emisión de la respectiva Serie que el emisor decida garantizar con el fideicomiso, para ceder al Fideicomiso de Garantía los Créditos necesarios para perfeccionar la garantía y cumplir con la Cobertura. El Fideicomiso de Garantía que el Emisor tiene derecho a constituir para garantizar el pago de los Bonos Verdes que se emitan en Series bajo esta Emisión es un fideicomiso independiente que no garantiza el pago de otros valores que el Emisor ha ofrecido públicamente y no se trata de un fideicomiso ómnibus ya que el mismo sólo se limita a garantizar el pago de aquellas Series de Bonos Verdes bajo la presente Emisión que el Emisor decida garantizar con el mismo. El Emisor comunicará mediante suplemento al Prospecto Informativo a la SMV y a la BVP, con no menos de tres (3) Días Hábiles antes de la Fecha de Oferta de la respectiva Serie si la misma estará garantizada con Fideicomiso de Garantía o no. CLAUSULAS ADICIONALES: El Emisor se reserva el derecho de efectuar enmiendas a este Prospecto Informativo y demás documentos que respaldan la oferta pública de los Bonos Verdes con el exclusivo propósito de remediar ambigüedades o para corregir errores evidentes o inconsistencias en la documentación o para reflejar cambios en la información del pacto social del Emisor. Cuando tales enmiendas no impliquen modificaciones a los términos y condiciones de los Bonos Verdes y documentos relacionados con esta oferta, no se requerirá el consentimiento previo o posterior de los tenedores de los Bonos Verdes. Tampoco se requerirá del consentimiento previo o posterior de los tenedores de los Bonos Verdes para realizar cambios generales al pacto social del Emisor. Tales enmiendas se notificarán a la Superintendencia del Mercado de Valores mediante suplementos enviados dentro de los tres (3) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se hubiesen aprobado. Toda modificación o reforma a los términos y condiciones de cualesquiera de las series de la presente emisión, deberá cumplir con el Acuerdo No. 4-2003 de 11 de abril de 2003 incluyendo sus posteriores modificaciones, por el cual la Superintendencia del Mercado de Valores adopta el Procedimiento para la Presentación de Solicitudes de Registro de Modificaciones a Términos y Condiciones de Valores Registrados en la Superintendencia del Mercado de Valores. Copia de la documentación que ampare cualquier reforma, corrección o enmienda de los términos de los Bonos Verdes será suministrada por el Emisor a la Superintendencia del Mercado de Valores, quien la mantendrá en sus archivos a la disposición de los interesados.

Cláusulas de no compromiso:

No existen circunstancias o estipulaciones que puedan menoscabar la liquidez de los valores que se ofrezcan, tales como número limitado de tenedores, restricciones a los porcenables:

Tanto la oferta pública de los Bonos como los derechos y las obligaciones derivados de estos se regirán por las leyes de la República de Panamá.

Retención de impuestos y montos adicionales:

Los inversionistas en los Bonos Verdes gozarán de varios beneficios fiscales. Cada interesado en invertir en los Bonos Verdes deberá cerciorarse independientemente de las consecuencias fiscales de su inversión en éstos. Esta sección es meramente informativa y no constituye una declaración o garantía del Emisor sobre el tratamiento fiscal de los Bonos Verdes. Cada Tenedor Registrado deberá cerciorarse independientemente del trato fiscal de su inversión en los Bonos Verdes antes de invertir en los mismos. El Emisor no garantiza que se mantenga el actual tratamiento fiscal, por lo que se advierte a los inversionistas que de eliminarse tal tratamiento, o de darse un cambio adverso al mismo, tal hecho afectaría o podría afectar los rendimientos esperados, al tiempo que cualquier impuesto aplicable sobre los mismos, tendría que ser retenido de los intereses a ser pagados sobre los Bonos Verdes o de cualquier ganancia de ganancia de capital que se genere.

Régimen fiscal en el país de origen (Panamá):

El artículo 335 del Texto Único del Decreto Ley No. 1 del 8 de julio de 1999, modificado por la Ley No. 8 del 15 de marzo de 2010, prevé que salvo lo preceptuado en el artículo 733 del Código Fiscal, estarán exentos del Impuesto sobre la Renta los intereses u otros beneficios que se paguen o acrediten sobre valores registrados en la Superintendencia de Mercado de Valores y que, además, sean colocados a través de una bolsa de valores o de otro mercado organizado. En caso de que los valores registrados en la SMV no sean colocados a través de una bolsa de valores o de otro mercado organizado, los intereses u otros beneficios que se paguen o acrediten sobre dichos valores causarán impuesto sobre la renta a base de una tasa única del 5% que deberá ser retenido en la fuente, por la persona que pague o acredite tales intereses.

Régimen fiscal en El Salvador:

Bajo el Decreto Legislativo Número 134, Ley del Impuesto Sobre la Renta de la República de El Salvador, los intereses, ganancias de capital o cualquier otro beneficio obtenido por inversionistas locales en títulos valores son gravados con una tasa impositiva del 10%. Para el caso de inversionistas extranjeros, la tasa impositiva sobre ganancias de capital, intereses u otros beneficios es del 3%. El inversionista debe consultar con su asesor fiscal sobre las consecuencias fiscales que produce la negociación de estos valores.

Negociabilidad en Bolsa de Valores de El Salvador:

En mercado Secundario, a través de las casas de corredores, en las sesiones de negociación que se lleven a cabo en la Bolsa de Valores de El Salvador.