FONAVIPO
Fitch redujo las calificaciones de FONAVIPO luego que la entidad incumpliera el pago de la cuota correspondiente al 16 de mayo de 2013 por $10.4 millones de un préstamo contratado con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) por un monto total de $50 millones. De acuerdo con los términos originales del préstamo, los recursos serían destinados para la construcción de viviendas del programa gubernamental "Casa para Todos" y la obligación sería pagada con los flujos originados por la comercialización de estas viviendas.
FONAVIPO no pudo amortizar la totalidad de la cuota, realizando solamente un abono parcial por $768 mil, debido a que los flujos por la comercialización de viviendas fueron menores a los esperados. Además, opciones alternativas de financiamiento no pudieron ser ejecutadas para honrar la totalidad de la cuota.
A pesar de mantener una base de capital robusta, la expansión de FONAVIPO en proyectos habitacionales resultó en un creciente grado de inmovilización de activos. Además, la baja ejecución y venta de los proyectos derivó en pérdidas operativas recurrentes en los últimos dos años y en un elevado descalce de vencimientos. En la medida que FONAVIPO pueda extender el plazo promedio de sus pasivos y dinamizar la comercialización de los proyectos habitacionales, podría reducir las presiones de liquidez. En el corto plazo, sin embargo, se considera necesaria la participación activa de los acreedores de la entidad y/o del apoyo del Gobierno para mejorar el flujo.
Contrario al supuesto de Fitch, el Estado salvadoreño no intervino efectivamente para que FONAVIPO honrara su obligación según los términos originalmente pactados. Aun cuando el Soberano salvadoreño no garantiza las obligaciones de las entidades financieras estatales, éste contaba con el historial de apoyarlas oportunamente a fin de garantizar su viabilidad y/o efectividad en el cumplimiento de los objetivos para los que fueron creadas.
La calificación de "D(slv)" indica que la entidad no cuenta con la capacidad suficiente para el pago de sus obligaciones en los términos y plazos originalmente pactados, y que presenta incumplimiento efectivo de pago de capital y/o intereses. Si bien el incumplimiento de FONAVIPO corresponde únicamente a una obligación con BCIE, la situación de liquidez de la entidad pudiera significarle dificultades para honrar otras obligaciones de forma oportuna. Vale destacar que, una vez que FONAVIPO subsane su incumplimiento y logre una solución a su situación actual de liquidez, Fitch revisará las calificaciones de la entidad a la luz de su nuevo perfil financiero.
Las calificaciones de la emisión de FONAVIPO fueron reducidas hasta la categoría "C(slv)" considerando que, de llegar a colocarse esta emisión, existiría una alta probabilidad de incumplimiento de no solucionarse el problema de liquidez de la entidad. En opinión de Fitch, los tramos de la emisión con colateral de cartera de créditos podrían tener una pérdida esperada menor en caso de incumplimiento; sin embargo, la misma dependería de la eficacia en la recuperación de dicho colateral en un eventual caso de ejecución de los mismos.
Ante la ausencia de un oportuno apoyo del Estado hacia FONAVIPO, Fitch inició un proceso de revisión de la disposición de soporte del Gobierno hacia el resto de entidades financieras estatales. Según lo indica la Observación Negativa, esta revisión podría resultar en un ajuste a la baja en las calificaciones de BFA, BH, FSV y BANDESAL. Sin embargo, no se descarta que alguna de estas entidades mantenga sus calificaciones en función de su perfil de riesgo. Fitch espera resolver la Observación Negativa en el corto plazo.
Ante la ausencia de un oportuno apoyo del Estado hacia FONAVIPO, Fitch inició un proceso de revisión de la disposición de soporte del Gobierno hacia el resto de entidades financieras estatales. Según lo indica la Observación Negativa, esta revisión podría resultar en un ajuste a la baja en las calificaciones de BFA, BH, FSV y BANDESAL. Sin embargo, no se descarta que alguna de estas entidades mantenga sus calificaciones en función de su perfil de riesgo. Fitch espera resolver la Observación Negativa en el corto plazo.
De acuerdo con los criterios aplicados por Fitch a nivel global, la agencia evalúa tanto la fortaleza financiera intrínseca de las entidades financieras como el posible soporte que podrían recibir del Gobierno o de accionistas institucionales, siendo el nivel de calificación el que resulte más fuerte de ambos.
Fitch considera que ciertas instituciones financieras de propiedad estatal podrían ser objeto de soporte por parte del Soberano, en la medida que las mismas están integradas con los objetivos de política económica del Gobierno, cuenten con algún tipo de importancia sistémica y se evidencien condiciones sobre las cuales el Soberano tenga interés de proveer soporte a las mismas. Fitch valora tanto la capacidad como la disposición de los gobiernos para proveer dicho soporte, así como el historial de estas acciones y su efectividad para mantener el adecuado desempeño de las instituciones objeto de soporte.
En los últimos años, las calificaciones de las entidades financieras aquí nombradas se han fundamentado en el soporte esperado por parte del Soberano, quién evidenció dicho apoyo a través de inyecciones de capital mayormente, cuando las entidades lo requirieron.
Ante el incumplimiento de la obligación de FONAVIPO, Fitch revaluará la presunción de soporte de parte del Soberano y las herramientas disponibles para hacer efectivo dicho soporte de manera oportuna. En el escenario que Fitch determine que no exista certeza de soporte por parte del Estado, las calificaciones de BFA, BH, FSV y BANDESAL se fundamentarían únicamente en el perfil financiero intrínseco de cada entidad, pudiendo diferenciarse entre sí en función de los riesgos asumidos.
Fitch redujo las calificaciones nacionales de FONAVIPO, como se detalla a continuación:
--Calificación de largo plazo hasta "D(slv)" desde 'A+(slv)';
--Calificación de corto plazo hasta "D(slv)" desde 'F1(slv)';
--Certificados de Inversión CIFONA1 Tipo I hasta "C(slv)" desde 'AA(slv)';
--Certificados de Inversión CIFONA1 Tipo II hasta "C(slv)" desde 'AA-(slv)';
--Certificados de Inversión CIFONA1 Tipo III hasta "C(slv)" desde 'A+(slv)'.