REDENCION ANTICIPADA DE LETES

Fecha de publicación: 02 de Julio del 2013
Fecha en que ocurrió: 01 de Julio del 2013
Emisor: Ministerio de Hacienda

Sr. Inversionista de LETES:

Se le informa que el Ministerio de Hacienda a través de la Dirección General de Tesorería, según artículo 82 del Reglamento de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado y el Decreto Legislativo No. 365 de fecha 25 de abril 2013, publicado en el Diario Oficial No. 76 Tomo 399  fecha  26 del mismo mes y año,  ha autorizado el llamamiento a los tenedores  de Letras del Tesoro (LETES)  para la redención antes de plazo:  

Con base a dicha autorización, y en su carácter de agente financiero del Estado, el Banco Central de Reserva le informa sobre  la redención  de las Letras del Tesoro (LETES) , la cual se realizará de  acuerdo siguientes términos:

1.       El monto a redimir ( valor nominal) será hasta por un monto total de  US$228,445,300.00 

2.       Se redimirá el total de las LETES en propiedad de los inversionistas con vencimientos desde el 5 de julio al 17 de septiembre de 2013, hasta completar el monto de US$228,445,300.00 

3.       La fecha efectiva del llamamiento, se ha fijado para el 5 de julio de 2013  ( Fecha de Redención)

4.       El valor de redención de las LETES, será determinado con base en el costo amortizado calculado al 5 de julio  de 2013 

 

Por lo anterior, atentamente  le solicito, remitir a través de carta dirigida a CEDEVAL,  las instrucciones  de pago correspondientes, a más tardar el 3 de julio del 2013

Cualquier información adicional, puede solicitarse al Departamento de Administración de Reservas Internacionales de este Banco Central, a los teléfonos,  (503) 2281-8252; (503) 2281-8253, (503) 2281-8138,  con los Licenciados Ciro Carías y Fredi López.