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Term Definition
Antidumping:

Acción encaminada a proteger los mercados interiores de la competencia desde el exterior.

Apertura Económica:

Es un proceso dinámico de modernización para lograr una mayor eficiencia en la producción que a su vez permita producir y exportar a menor costo, ser competitivos en los mercados internacionales, hacer más rica la economía y así generar más empleos.

Es también la internacionalización de la economía para producir y exportar más a menores costos e importar con el criterio de regular los precios de la industria nacional.

A través de este proceso se pretende acelerar el mejoramiento del bienestar de la población.

La apertura busca modernizar la industria y demás sectores en sus procesos productivos y tecnificar y llegar al consumidor local con productos de buena calidad, cuyos precios se asemejen a los del mercado internacional.

El grado de apertura de una economía se mide por la relación M/PIB.
M: Importaciones.
PIB: Producto Interno Bruto.

Arancel:

Es un impuesto o gravamen que se aplica a toda mercancía que cruza una frontera por una zona aduanera.

  1. Sinónimo de Tarifa. Es el impuesto a pagar por la importación definitiva de un bien.
  2. Se emplea también para referirse al texto que contiene la totalidad de los impuestos a las importaciones de bienes de un país.

Impuesto o derecho que se cobra a los bienes de importación. Generalmente, el término "derecho arancelario" indica la clasificación exacta de la mercancía, y por ende, la tasa que debe pagar una mercancía por entrar o salir de un país. Por su parte, la palabra "arancel" es utilizada para denotar la lista de mercancías con sus respectivos derechos aduanales, que serán pagados al gobierno por parte de los importadores de los productos.

Arbitraje:

La compra simultanea de un valor en un determinado mercado de valores y la venta del mismo en otro mercado a precios que permitan generar ganancias durante la realización de dicho evento.

Arrendamiento:

Contrato en que una de las partes, el arrendador, transfiere por un determinado periodo de tiempo, el derecho de utilizar un activo físico o de un servicio a la otra parte, el arrendatario, quien a su vez debe pagar por la cesión temporal de ese derecho un precio previamente estipulado entre ellos.

Aval:

Garantía de pago que otorga un tercero extraño en una letra de cambio o en un pagaré.

El avalista generalmente responde del pago en las mismas condiciones que el librador y los endosantes en la letra y del deudor principal en el pagaré.