Fuente: El Economista
Miércoles 16 de septiembre de 2015
Por: María José Saavedra

Rolando Duarte, presidente de la Bolsa de Valores de El Salvador (BVES), comentó que el acuerdo será contraído por tres partes: las superintendencias, las bolsas y las custodias de valores.

Según el ejecutivo, con el acuerdo se logra que cada país reconozca la jurisdicción del otro haciendo más expeditas y fáciles las negociaciones entre ambas naciones.

Actualmente, si un inversor salvadoreño quiere comprar un título en Panamá, su casa corredora tendría que inscribir el título en El Salvador para poderlo comprar. Sin embargo, con el convenio eso ya no será necesario. “No necesita un intermediario para que la Casa de Corredores de Bolsa compre”, comentó Duarte.

Así, una vez establecido el acuerdo, el inversor salvadoreño podrá ordenar a su casa comprar el título solicitado directamente en el sistema bursátil panameño y depositar el dinero en el custodio canalero. Con ello, la transacción estará lista.

La facilidad se logrará además, gracias a la legislación ya existente entre ambas partes conocida como Operador Remoto, la cual permite hacer transacciones bursátiles internacionales.

De momento, El Salvador cuenta con un portafolio de 220 títulos inscritos a los que podrán tener acceso los inversores panameños. Panamá, por su parte, suma un total de 400 títulos inscritos.

Duarte ve en esta apertura una oportunidad para proyectos de inversión en el país.

“Estos flujos de capital que pueden venir pueden dar facilidad de financiamiento para grandes proyectos e inversiones”, comentó.

La Bolsa salvadoreña también espera que ese paso sirva para promover la apertura del mercado de fondos de inversión en el país.

Impuestos en contra

Sin embargo, tal y como lo ha señalado Duarte en varias ocasiones, uno de los “peros” para que el capital extranjero invierta en la bolsa local sigue siendo el pago del 20 % del Impuesto Sobre la Renta.

La BVES ha insistido en que ese impuesto, que se aplica a las transacciones de bolsa de las entidades no domiciliadas, ahuyenta al capital porque en otros países el porcentaje a pagar es menor o de 0%.

Aun así, el presidente de la bolsa salvadoreña manifestó que se siente optimista en ese tema, debido a una propuesta de reforma de ley presentada a la Asamblea Legislativa por el exdiputado Douglas Avilés, en la que se solicita que dichas operaciones estén exentas del gravamen.

Sin embargo, un estudio sobre dicha propuesta, elaborado por la Unidad de Análisis y Seguimiento del Presupuesto (UASP) de la Asamblea, y presentado la semana pasada, contraargumenta varios puntos de la misma.

Por ejemplo, aunque la propuesta de reforma señala que ese alto porcentaje del impuesto ahuyenta a la Inversión Extranjera Directa (IED), el análisis de la UASP hace notar que la baja atracción de capitales foráneos ha sido una tendencia en El Salvador desde hace más de una década.

“Para el caso de El Salvador, la Inversión Extrajera Directa ha tenido un comportamiento cíclico y con tasas negativas durante los últimos 10 años, reflejando primero que no posee valores agregados estratégicos para el tipo de capital invertido en Panamá y Costa Rica, y sus montos de inversión han sido en el Sector Financiero por las fusiones y compra de acciones por otros bancos internacionales, las inversiones en Telecomunicaciones, el sector servicios y algunas inversiones en plantas de producción buscando los beneficios de los tratados de libre comercio”, cita el documento.

De acuerdo con la información recopilada por la UASP, en la región centroamericana, solo Nicaragua tiene 0 % de renta para las transacciones de bolsa de entidades extranjeras o no domiciliadas. La segunda más baja es la de Panamá con 5 %; seguida de Costa Rica con un 8 %; y Guatemala y Honduras, ambas con 10 %.

Aunque el estudio de la UASP no da ninguna recomendación, formula varios escenarios con diferentes tasas, dejando en claro eso sí que reducir dicho impuesto implicaría un "menoscabo del financiamiento de las obras y otras condiciones estratégicas que necesita la inversión extranjera directa".

La UASP ejemplifica que en lo que va del año, la bolsa reporta un valor negociado de $2,572 millones. Si de manera hipotética, el rendimiento obtenido fuera de un 2 %, el gravamen del 20 % se aplicaría sobre un monto de $51.45 millones. Entonces el pago por impuesto sería de $10.2 millones. Esto, aclara la UASP, suponiendo que en su totalidad se tratara de transacciones no domiciliadas.

Pero si, en cambio, aun manteniendo la tasa de 20 % actual, se toma como base que solo un 10 % del total transado se origina en entidades no domiciliadas, el pago se reduce a solo $1.02 millones.

La reducción es más drástica todavía si, como en el escenario anterior, se da por sentado que un 10 % del total corresponde a transacciones no domiciliadas, pero se homologa la tasa a las de Guatemala y Honduras (10 %). En ese caso, el pago del tributo se limitaría apenas a $514,527.